

GACETA OFICIAL DE LA CDMX.
Agosto 08, 2025
La Directora General de Gobierno y Asuntos Jurídicos en Tláhuac, Lic. Miriam Beatriz Apartado Mancilla, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el ACUERDO, siguiente:
SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE VENTA DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TLÁHUAC
Se ordena la suspensión de actividades para vender bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprenden las colonias y barrios de San Juan Ixtayopan con motivo de la “tradicional semana cultural del maíz, gastronomía, arte y cultura”, que se llevará a cabo del 09 al 17 de agosto de 2025.
FESTIVIDAD |
FECHA |
TRADICIONAL COLONIAS, BARRIOS Y PUEBLOS |
SEMANA CULTURAL DEL MAÍZ, GASTRONOMIA, ARTE Y CULTURA |
Del 09 al 17 de agosto de 2025 |
Colonias y Barrios de San Juan Ixtayopan |
Se ordena la suspensión de actividades para la venta de bebidas alcohólicas en envase cerrado, así como en envase abierto y /o al copeo en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días indicados del año 2025, en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro territorial en los que se llevará a cabo la festividad y sus zonas aledañas, todos de la Alcaldía Tláhuac, que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de las ferias, festividades, y tradiciones populares en la vía pública.
Queda prohibido dentro del perímetro que comprende la demarcación territorial en Tláhuac en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.
Se eximen de la aplicación del presente Acuerdo, a los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su Permiso.
El acuerdo entrará en vigor el día de su publicación.
Si desea conocer el documento completo, por favor,