GACETA OFICIAL DE LA CDMX.

Agosto 27, 2025

La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Marina Brugada Molina, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el DECRETO, siguiente:

SE REFORMA LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LA LEY DE SALUD AMBAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Se adicionan un numeral 8, al inciso D “Derecho a la Salud”, del artículo 9 “Ciudad Solidaria” así como un segundo párrafo al numeral 3 del aparado B “Derecho al Trabajo” del artículo 10 “Ciudad Productiva” de la Constitución Política de la Ciudad de México, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 9

CIUDAD SOLIDARIA

  1. a C. …
  2. Derecho a la salud
  3. … a 7. …
  4. Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la Ley de la materia y demás aplicables, sancionarán toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas. E. a F. …

ARTÍCULO 10

CIUDAD PRODUCTIVA

  1. Derecho al desarrollo sustentable. …
  2. Derecho al trabajo.

Queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el numeral 8 del apartado D, del artículo 9 anterior.

  1. … al 14. …
  2. … a E. …

Se adiciona un cuarto párrafo al artículo 2 de la Ley de Salud de la Ciudad de México, para quedar como sigue:

Artículo 2. …

Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la Ley de la materia y demás aplicables, sancionarán toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.

El Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

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