DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Junio 16, 2026
El Secretario de Trabajo y Prevención Social, Marath Baruch Bolaños López, tiene a bien expedir y dar a conocer al público en general la INFORMACIÓN, siguiente:
SE DAN A CONOCER LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL QUE
DETERMINAN LOS PROCEDIMIENTOS RELATIVOS AL CERTIFICADO LABORAL PARA LA
AGROEXPORTACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 283 QUÁTER DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO
PRIMERA. OBJETO
Las presentes Disposiciones tienen por objeto determinar los procedimientos relativos a la obtención del Certificado Laboral para la Agroexportación a través de la Plataforma VELAGRO.
SEGUNDA. GLOSARIO
Para efectos de estas Disposiciones, se entenderá por:
- Cadena de valor:Conjunto articulado de actividades económicas, productivas, logísticas, comerciales y de prestación de servicios que intervienen en la cosecha, empaque, transformación, transporte, comercialización, distribución y exportación de productos agrícolas;
- CLA: Certificado Laboral para la Agroexportación;
III. Exportación: La salida de mercancías de territorio nacional para permanecer en el extranjero por tiempo limitado o ilimitado;
- Factor técnico: Unidad de medida que establece una correspondencia entre la mano de obra mínima necesaria en cada fase de la cadena de valor y la cantidad de bienes producidos;
- IMSS: El Instituto Mexicano del Seguro Social;
- Participantes en la cadena de valor: Productores primarios, centros de empaque, empresas de gestión de corte y cosecha, así como a los proveedores de servicios agrícolas y demás agentes económicos cuya actividad sea esencial para la obtención, acondicionamiento y disposición final del producto para su exportación;
VII. SADER: Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural;
VIII. SAT: Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
- SE: Secretaría de Economía;
- Solicitante:Persona física o moral que requiere desde la Plataforma VELAGRO, la expedición del CLA;
- STPS: Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
XII. VELAGRO: Plataforma digital administrada por la STPS, diseñada para la gestión y emisión del CLA, y
XIII. Ventanilla Única de Trámites de Comercio Exterior: Plataforma digital interoperable utilizada para que las Autoridades en materia de comercio exterior reciban, gestionen y resuelvan los trámites a su cargo. Cuenta con un Expediente Único de Comercio Exterior para el intercambio de información entre las autoridades competentes para la simplificación, facilitación y trazabilidad de los trámites y operaciones de comercio exterior.
El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Si desea conocer el documento completo, por favor,
