Las multas, sanciones y apercibimientos son Actos de Autoridad, los cuales son una declaración emitida por la Administración Pública, en este caso, de la Ciudad de México cuyo objetivo es crear, transmitir, modificar, reconocer o extinguir una situación jurídica concreta, con el fin de satisfacer el interés general.

Se considerarán validos los Actos Administrativo que:

  • Sean emitidos por una Autoridad competente
  • En su expedición no contenga error de hecho o de derecho
  • Que su objeto sea posible de hecho y este previsto por el ordenamiento jurídico aplicable
  • Que cumplan con la finalidad del interés público, derivado de las normas jurídicas que regulen la materia, sin que puedan perseguirse otros fines distintos de los que justifican el acto;
  • Consten por escrito (salvo el caso de la afirmativa o negativa ficta);
  • Indicar la autoridad de la que emana y así como la firma autógrafa o electrónica del servidor público correspondiente;
  • En el caso de la afirmativa ficta, contar con la certificación correspondiente;
  • Estar fundado y motivado, es decir, citar con precisión el o los preceptos legales aplicables, así como las circunstancias especiales, razones particulares o causas inmediatas que se hayan tenido en consideración para la emisión del acto, debiendo existir una adecuación entre los motivos alegados y las normas aplicadas;
  • Expedirse de conformidad con el procedimiento que establecen los ordenamientos aplicables; y
  • Expedirse de manera congruente con lo solicitado y resolver expresamente todos los puntos propuestos por los interesados o previstos por las normas.

Ahora bien, son requisitos de validez del acto administrativo escrito, los siguientes:  

  • Señalar el lugar y la fecha de su emisión.
  • En el caso de aquellos actos administrativos que por su contenido tengan que ser notificados personalmente, deberá mencionarse esta circunstancia en los mismos;
  • Tratándose de actos administrativos recurribles, deberá mencionarse el término con que cuenta el particular para interponer el recurso de inconformidad, así como la autoridad ante la cual puede ser presentado; y
  • Que sea expedido sin que medie error respecto a la referencia específica de identificación del expediente, documentos o nombre completo de la persona a quien se le emite.

De acuerdo con la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México incurren en abuso de sus funciones los Servidores Públicos que ejerzan atribuciones que normativamente no tengan conferidas, en este caso, al emitir un acto administrativo para el cual no tenga la atribución, caerá en este supuesto.

Cualquier acto que omita o contenga de manera irregular alguno de los elementos o requisitos de validez producirá su nulidad o anulabilidad, para lo cual deberá ser impugnado mediante el curso o juicio que sea procedente.

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