

GACETA OFICIAL DE LA CDMX.
Abril 07, 2025
El Alcalde en Benito Juárez, Lic. Luis Alberto Mendoza Acevedo, tiene a bien expedir y dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:
DÍAS INHÁBILES EN LA ALCALDÍA BENITO JUÁREZ.
Se declaran como días inhábiles de la Alcaldía Benito Juárez, además de los sábados y domingos, los siguientes:
El 14, 15, 16, 17 y 18 de abril;
El 01, 02 y 05 de mayo;
El 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de julio;
El 01 de agosto;
El 15 y 16 de septiembre;
El 17 de noviembre; El 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30, y 31 de diciembre;
El 01, 02, 05 y 06 de enero de 2026.
Como consecuencia de la suspensión antes señalada, no correrán plazos y términos relacionados con:
- Actos de recepción de documentos e informes, trámites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación, o algún otro medio de impugnación, así como lo relacionado con juicios en los que esta Alcaldía sea parte o coadyuvante, incluidos aquellos en materia de amparo, a excepción de los asuntos urgentes, así como cualquier acto administrativo emitido por las personas servidoras públicas adscritas a la Alcaldía Benito Juárez, que incidan o afecten la esfera jurídica de los particulares.
- Cualquier actuación ante la Unidad de Transparencia, el Centro de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC) y la Ventanilla Única de Trámites (VUT) de esta Alcaldía.
- Los trámites y plazos en audiencias, acuerdos y resoluciones en materia de calificación de infracciones en todas y cada una de las materias en las cuales las Alcaldías están facultadas para conocer y resolver, siendo estas, de manera enunciativa mas no limitativa: establecimientos mercantiles, obras, mercados públicos, uso de suelo y desarrollo urbano, estacionamientos públicos, protección civil y demás materias señaladas por la normativa aplicable.
- La recepción y atención de notificaciones de resoluciones y seguimiento de Acceso a la Información Pública y de Datos Personales que ingresan o se encuentran en proceso a través del Sistema Electrónico habilitado para tal efecto; de la Plataforma Nacional de Transparencia; de manera verbal o vía telefónica oficial de la Unidad de Transparencia, por fax, por correo postal o telégrafo, correo electrónico, por escrito o en forma personal, así́ como de cualquier dependencia de la Administración Pública.
El Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y surtirá efectos en los días que se indican.
Si desea conocer el documento completo, por favor,