GACETA OFICIAL DE LA CDMX.

Julio 23, 2026

La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Lic. Clara Marina Brugada Molina, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el DECRETO, siguiente:

SE REFORMAN LA DENOMINACIÓN DE LA LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUEDAR COMO “LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO” Y LA DENOMINACIÓN DEL CAPÍTULO PRIMERO, “DEL CONSEJO DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL, PARA QUEDAR COMO CAPÍTULO PRIMERO, “DEL CONSEJO DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO” ASÍ COMO LOS ARTÍCULOS 1, 2 FRACCIONES I, III, IV, XI Y XIV; 5 FRACCIÓN VII; 6; 8; 16 FRACCIÓN V; 16 BIS FRACCIÓN I; 18 FRACCIONES II Y IV; 19 FRACCIÓN III; 20, 23, 25, 27, 28, 36 Y 38.

ÚNICO. – Se reforman la denominación de la Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios del Distrito Federal, para quedar como “Ley de Prestación de Servicios Inmobiliarios para la Ciudad de México” y la denominación del capítulo Primero, “DEL CONSEJO DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DEL DISTRITO FEDERAL, para quedar como CAPÍTULO PRIMERO, “DEL CONSEJO DE SERVICIOS INMOBILIARIOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO” así como los artículos 1, 2 fracciones I, III, IV, XI y XIV; 5 fracción VII; 6; 8; 16 fracción V; 16 Bis fracción I; 18 fracciones II y IV; 19 fracción III; 20, 23, 25, 27, 28, 36 y 38, para quedar como sigue:

LEY DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS INMOBILIARIOS PARA LA CIUDAD DE MÉXICO

Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y de interés social y tienen por objeto regular la prestación de servicios inmobiliarios en la Ciudad de México.

Artículo 2. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

I. Acreditación: Documento que emite la Secretaría o, en su caso, las Instituciones Educativas, Colegios y Asociaciones que se autorice en la materia por la Secretaría de Educación Pública y/o la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.

II. (…)

III. Consejo: El Consejo de Servicios Inmobiliarios de la Ciudad de México.

IV. Invitados del Consejo: Los servidores públicos adscritos al Gobierno Local o Federal, un representante de la Ciudad de México, Asociaciones, Organismos o Consejos relacionados con la prestación de Servicios Inmobiliarios, un representante de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México que sean invitados por el Consejero Presidente a participar en sesiones específicas.

V. a X. (…)

Si desea conocer el documento completo, por favor,

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