DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Junio 04 , 2024
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por medio del Servicio de Administración Pública, tiene a bien dar a conocer al público en general la RESOLUCIÓN siguiente:
PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2024 Y ANEXOS QUE SE SEÑALAN
Se reforma el Glosario, fracción II, numeral 48, así como las reglas 2.1.29., segundo párrafo, fracciones III y VII; 2.1.50.; 2.4.6., segundo párrafo; 2.8.3.2.; 2.11.1.; 3.10.5., fracción IX; 3.13.34.; 3.16.11.; 5.2.23., tercer párrafo; 11.1.3., actual segundo párrafo y 11.11.6.; se adiciona al Glosario, fracción III, el numeral 14, así como las reglas 2.4.11., fracción XII; 2.8.3.6.; 11.1.3., segundo párrafo, pasando el actual segundo párrafo a ser tercero; 11.11.8., segundo párrafo, pasando los actuales segundo y tercer párrafos a ser tercero y cuarto, respectivamente y el Capítulo 11.14. que comprende las reglas 11.14.1. a la 11.14.4. y se deroga la regla 2.13.13., primer párrafo, fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024.
Procedimiento amistoso contenido en un Tratado para Evitar la Doble Tributación
Opción de realizar pagos a cuenta, por periodo o ejercicio de créditos fiscales
Inscripción, reanudación y suspensión en el RFC de trabajadores
Inscripción en el RFC
Presentación de la declaración del ISR del ejercicio por liquidación para personas morales del régimen general de ley
Presentación de la declaración del ISR del ejercicio por liquidación para las personas morales que se indican
Solicitud para pago a plazos
Supuestos por los que procede la enajenación a plazos de los bienes embargados
Supuestos y requisitos para obtener la autorización para recibir donativos deducibles
Reanudación de actividades en el RFC de contribuyentes inactivos suspendidos del Régimen Simplificado de Confianza
Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero
Baja del padrón de contribuyentes de bebidas alcohólicas en el RFC
CFDI expedidos por los artistas
Pérdida del derecho para aplicar los estímulos fiscales en materia del ISR e IVA
Documentación para comprobar que los bienes de activo fijo adquiridos son nuevos en materia de deducciones
Aplicación de los estímulos fiscales en materia del ISR, IVA e IEPS
Pérdida del derecho para aplicar los estímulos fiscales en materia del ISR, IVA e IEPS
Aplicación del crédito fiscal en pagos provisionales
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF. Por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el Portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.8., tercer párrafo.
La Primera Modificación al Anexo 23 de la presente Resolución, surtirá sus efectos a partir del 1 de mayo de 2024.
Para los efectos del artículo 113-G, fracción II de la Ley del ISR y de la regla 3.13.36, el cumplimiento de la obligación de contar con buzón tributario habilitado será aplicable a partir del 1 de enero de 2025.
Para los efectos del artículo 113-G, fracción II de la Ley del ISR y de la regla 3.13.37, el cumplimiento de la obligación de contar con e.firma, será aplicable a partir del 1 de enero de 2025.
Si deseas conocer la información completa por favor,