La Jefa de Gobierno de la CDMX, Lic. Clara Marina Brugada Molina, tiene a bien emitir y dar a conocer al público en general el DECRETO, siguiente:
SE ADICIONA EL ARTÍCULO 44 BIS AL REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo 44 BIS. Los siguientes establecimientos y unidades económicas elaborarán su correspondiente Programa Interno de conformidad a los Términos de Referencia que expida la Secretaría:
Expendios al público de gas natural;
Expendios al público de gas licuado de petróleo; y
Estaciones de servicio y estaciones de carburación.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación.
Si desea conocer el documento completo, por favor,
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