GACETA OFICIAL DE LA CDMX.

Enero 23, 2024

El Alcalde en Coyoacán, José Giovani Gutiérrez Aguilar, tiene a bien dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:

SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Se declaran inhábiles para la práctica de actuaciones y diligencias en los procedimientos administrativos que se desarrollen ante la Administración Pública de la Ciudad de México los días 05 de febrero; 18, 28 y 29 de marzo; 1° de mayo; 15,16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de julio; 16 de septiembre, 1° de octubre; 1° y 18 de noviembre; 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de diciembre, todos del año 2024, así como el 1° de enero del 2025. La suspensión a que se refiere el párrafo anterior será aplicable para los actos de recepción de documentos e informes, trámites, resoluciones, acuerdos, actuaciones, diligencias, inicio, substanciación y desahogo de procedimientos administrativos, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de informes o documentos, recursos de inconformidad, revocación o algún otro medio de impugnación, así como cualquier acto administrativo emitido por las personas servidoras públicas adscritas a las Alcaldías, Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México que incidan o afecten la esfera jurídica de los particulares. Como consecuencia de lo anterior y para efectos legales y/o administrativos en el cómputo de los términos, no deberán contarse como hábiles los días citados en el párrafo primero del presente numeral. Asimismo, la suspensión de términos antes señalada aplicará para las solicitudes de información pública, acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos personales, así como recursos de revisión; salvo que se expida un Acuerdo específico por las personas titulares de los entes obligados de la Administración Pública de la Ciudad de México.

Cualquier actuación o promoción realizada ante la Administración Pública de la Ciudad de México, en alguno de los días considerados como inhábiles por el presente Acuerdo, en su caso, surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente.

Cuando se cuente con un plazo para la presentación de promociones y el último día de éste sea de los considerados como inhábiles, sus efectos se prorrogarán hasta el día hábil siguiente.

El presente entra en vigor el día de su publicación.

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