GACETA OFICIAL DE LA CDMX.
Junio 05, 2024
La alcaldesa Sustituta en Xochimilco, Juana Onésima Delgado Chavez, tiene a bien dar a conocer al público en general el ACUERDO siguiente:
SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES PARA VENTA O EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS EN TODAS SUS GRADUACIONES, EN LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, ROMERÍAS, FERIAS, KERMESES Y OTRAS FESTIVIDADES POPULARES TRADICIONALES EN LA VÍA PÚBLICA Y LUGARES EN QUE SE PRESENTEN CELEBRACIONES HOMÓLOGAS EN EL MARCO DE LAS FIESTAS PATRONALES A CELEBRARSE EN; SAN LUCAS XOCHIMANCA, BARRIO SANTA CRUCITA, SANTIAGO TULYEHUALCO, BARRIO SAN CRISTOBAL Y SANTIAGO TEPALCATLALPAN, DURANTE EL MES DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Se ordena la suspensión de actividades para la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones, de las 00:00 horas y hasta las 23:59 horas, en los establecimientos mercantiles que operen como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o en lugares donde se instale su venta temporalmente ya sea establecimiento mercantil o en vía pública, con motivo de las Ferias, Festividades o Tradiciones Populares.
Se exime de la aplicación del presente acuerdo, a los establecimientos mercantiles con giro de impacto vecinal y zonal que expendan alimentos preparados, autorizados para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su permiso, autorización o documento con el que acredite su legal funcionamiento, previstos en el artículo 19 fracciones II y III de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México.
El presente acuerdo será aplicable, durante las Fiestas Patronales a celebrarse, cuya delimitación o poligonal, comprende las calles, avenidas, cerradas y callejones que territorialmente lo conforman e identifican, en los pueblos, colonias y barrios, en los días a continuación citados:
El presente entra en vigor el día de su publicación.
MES | DÍAS | BARRIO/COLONIA/PUEBLO | DESCRIPCIÓN |
JULIO | 05,06,07 Y 08 | SAN LUCAS XOCHIMANCA | FIESTA PATRONAL CRISTO DE LA PIEDRA |
JULIO | 20,21,27 Y 28 | BARRIO SAN CRISTOBAL | FIESTA PATRONAL |
JULIO | 20,21,22,23,24,25,26,27 Y 28 | SANTIAGO TULYEHUALCO | FIESTA PATRONAL |
JULIO | 24,25 Y 26 | BARRIO SAN CRISTOBAL | FIESTA PATRONAL |
JULIO | 24,25,26,27,28,29 Y30 | SANTIAGO TEPALCATLALPAN | FIESTA PATRONAL |
AGOSTO | 01,02,03 Y 04 | SANTIAGO TEPALCATLALPAN | FIESTA PATRONAL |
Las violaciones al presente acuerdo serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México y demás ordenamientos aplicables.
El acuerdo entra en vigor el mismo día de su publicación.
Para conocer el aviso completo por favor,